ANEPAP: D.S. Nº 018-2010-PRODUCE traba modernización de la pesca artesanal

El decreto suspendió a partir del 2011 la construcción o adquisición de embarcaciones artesanales superiores a los 5 m3 de capacidad de bodega y 7 de arqueo bruto

(Callao, 26 Ene. 2011).- ANEPAP se pronunció hoy, contra el Decreto Supremo Nº 018-2010-PRODUCE, que suspende a partir del 2011 la construcción o adquisición de embarcaciones pesqueras artesanales del ámbito marino superiores a los 5 m3 de capacidad de bodega y 7 de arqueo bruto, sean estas adquisiciones nacionales o extranjeras, señalando que es un desacierto del Ministerio de la Producción y debe ser derogado, ya que constituye una traba para la modernización y búsqueda de rentabilidad de la pesca artesanal formal.

Afirman que dicha norma, sigue amparándose erradamente en la aplicación del principio precautorio que faculta a los Estados el Código de conducta para la pesca responsable de FAO, mas no en información científica adecuada, esto es también actualizada sobre la flota pesquera artesanal y su esfuerzo pesquero, del cual a la fecha aún no se dispone. Se desprende de los considerandos que el Ministerio vuelve a incurrir en el error, de sustentarse en la cantidad de embarcaciones existentes o registradas, y no en su estado, operativo o inoperativo, para determinar el nivel de presión sobre los recursos pesqueros costeros.

Asimismo, señalan que es muy simplista justificar ahora la suspensión de la construcción de embarcaciones mayores a 5 m3 de capacidad de bodega, en el sobredimensionamiento expresado en el incremento del número de embarcaciones (54 %) y en su aumento capacidad de bodega a nivel de flota, evidenciando en las Encuestas Estructurales de la pesca artesanal realizadas por IMARPE en los años 1995 (6,258 embarcaciones) y 2004 (9,667 embarcaciones), y en un informe, que su incremento es menor (a 10,385 embarcaciones) luego de cinco años de transcurridas las Encuestas, resultado de la aplicación de los 2 primeros años de suspensión de construcción de embarcaciones mayores de 10 m3 de capacidad de bodega dictada por el D.S. Nº 020-2006-PRODUCE, y su prorroga dispuesta por el D.S. Nº 018-2008-PRODUCE, por 2 años más.

Por otra parte, de que es falso que la disminución de la abundancia de las especies típicas para el consumo humano directo se deba solo a la captura artesanal, cuando es de público conocimiento que la pesca para harina, de la anchoveta y su fauna acompañante por la flota industrial cerquera ejerce mucho mayor presión sobre los recursos costeros, de ahí que consideran no realista y una traba para el crecimiento y modernización pesquera artesanal, usar la argumentación de que la tendencia a disminuir la biomasa pesquera artesanal lo cause ahora el crecimiento del esfuerzo de pesca de ejercido por embarcaciones menores a 10 m3.

En cuanto a la construcción y pesca de embarcaciones de manera informal e ilegal, precisan que este es un problema de normativa y limitaciones en la capacidad de control y sanción por parte de las autoridades estatales competentes marítimas y regionales, hechos que si redundan en una mayor presión sobre los recursos pesqueros costeros, y es ahí donde según ellos, el Estado debería centrar su atención tanto en las carpinterías y astilleros de ribera con una normativa clara y adecuada a la realidad pesquera artesanal en cuanto a la construcción de embarcaciones que no predispongan a incurrir en actos dolosos, como en el control en los principales puntos de desembarco de la captura realmente artesanal.

Respecto a la falta de cifras creíbles de desembarque pesquero, ponen como prueba lo consignado en el propio Plan Nacional de Desarrollo de Infraestructura Pesquera para Consumo Humano Directo, aprobado por D.S. Nº 011-2011-PRODUCE, con relación a los puntos de desembarque estatal de uso público, 44 desembarcaderos pesqueros artesanales construidos por FONDEPES y el ex Ministerio de Pesquería, donde se registraron en el año 2009 menos de 300 mil toneladas, mientras que la Oficina de Informática y Estadísticas del mismo PRODUCE que cruza información brindada por IMARPE y otras fuentes, establece un monto mayor a 900 mil TMB.

Lo que los lleva a la conclusión, de que los sendos decretos supremos (Nº D.S. Nº 020-2006-PRODUCE, D.S. Nº 018-2008-PRODUCE y el D.S. Nº 015-2010-PRODUCE) no alcanzaron su finalidad, ya que sigue la pesca ilegal de embarcaciones cerqueras de madera grandes (más de 32.6 m3 hasta los 110 m3), y que figuran en sus matrículas con capacidades de bodega dentro del rango artesanal (hasta 32.6 m3 de capacidad de bodega) y en sus permisos de pesca, propios o alquilados, y por ello, demandan que La lucha contra la pesca ilegal, deba ser la prioridad del Ministerio de la Producción, Direcciones Regionales de Producción, DICAPI y las Capitanías de Puerto, ya que son realmente esas naves, las que ejercen mayor presión sobre los recursos pesqueros costeros.

Otro argumento al que recurren para refutar el D.S. Nº 018-2010-PRODUCE, es que es contradictorio con la R. M. Nº 020-2011-PRODUCE que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Producción 2011 – 2015, que apunta a metas para el 2015, de un incremento en el consumo per cápita de productos hidrobiológicos de 22.2 a 26.5 kilogramos, que provendrá de un incremento en el desembarque de recursos pesqueros para consumo humano directo de 1’104,200 TM a 1’564,400 TM, y donde la pesquería artesanal tanto para el mercado interno como del exterior lo puede aprovechar, en la medida que cuente con una normativa realmente promocional y de un efectivo control en los puntos de desembarque, a fin de que no se registren cifras en volúmenes de desembarque que no son propiamente de embarcaciones artesanales (de hasta 32.6 m3 de capacidad de bodega).

Señalan también, que las pesquería de la Pota, la Anchoveta y el Perico, vienen sustentando en mayor medida los desembarques pesqueros artesanales en los últimos 15 años, y las inversiones en flota, esto es con naves mayores a los 05 metros cúbicos es la tendencia, no solo por tener una mayor autonomía de navegación y capacidad de bodega, con los consiguientes mayores ingresos tanto para el propietario como para la tripulación, que ello acarrea -pese a los magros márgenes de utilidad por la venta en playa-, sino también por razones de seguridad de la vida humana en el mar.

Además, que si bien la mayor frecuencia de uso pesquero se produce principalmente dentro de las 5 millas marinas de la costa, en estos últimos 15 años, parte de la flota sale a distancias mayores a las 5 millas marinas – zona reservada a la pesca artesanal- por el alelamiento de las especies, y otra parte, a la altura en busca de especies transzonales y altamente migratorios, por lo que en vez de restringir la construcción se requiere de las facilidades necesarias para renovar la flota artesanal. Para amparar su reclamo, ponen de manifiesto un informe resultado de una Mesa Redonda “Análisis y Propuestas para la Modernización de la Flota Pesquera Artesanal” del FONDEPES en el año 2002, concluyo que la modernización progresiva de la flota artesanal es un imperativo nacional, y de que se requiere cambiar la estructura productiva pesquera del país a fin de mejorar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y elevar el consumo de pescado, y en ese norte debe estar el Ministerio.

Por lo anteriormente mencionado, anuncian que pedirán al Ministro de la Producción, con el propósito de contribuir asegurar la sostenibilidad de la actividad pesquera artesanal y de los recursos hidrobiológicos, asegurar la calidad sanitaria de los recursos pesqueros, y la calidad ambiental de la actividad pesquera, derogar el Decreto Supremo Nº 018-2010-PRODUCE, y realizar un Censo de Embarcaciones Pesqueras Artesanales, y sobre sus resultados más bien, planificar el crecimiento progresivo y controlado de la flota artesanal con embarcaciones que salgan en faenas de pesca a distancias mayores a las 5 millas marinas de la costa, y la renovación de las existentes que operan dentro de la zona de pesca artesanal con el respectivo desguace de las naves que se reemplazan, en base a evidencias científicas y no solamente bajo el criterio precautorio.

Finalmente, esperan que normas como las expedidas sobre la base de informaciones desfasadas, no den pie a planteamientos inverosímiles más adelante, como que el rango máximo de capacidad de bodega de las embarcaciones de pesca artesanal sea de hasta 5 m3 de capacidad de bodegas, ya que la última encuesta estructural de IMARPE en el año 2004, evidencia que el mayor porcentaje (80.07 %) de embarcaciones se encuentra en aquellas menores de 05 m3 de capacidad de bodega. Igualmente esperan, que el Ministro Jorge Villasante corrija cuanto antes, este desacierto de su Viceministra de Pesquería María Talledo, quien sigue evidenciando carencia de ideas para resolver la problemática de esta actividad de pesca en pequeña escala y proyectar su desarrollo, en los pocos meses que le faltan al actual Gobierno para que concluya.

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